Decreto publicado

PEAP Quintero – Planta Desalinizadora Aconcagua (Puchuncaví)

El MOP publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 129 para la expropiación de los Lotes N° 1 y 2 en Puchuncaví para la interconexión de la Planta Desalinizadora Aconcagua. Conozca las superficies y montos de indemnización.

location_on Ubicación
Puchuncaví, Valparaíso
account_balance Organismo expropiante
Ministerio de Obras Públicas (MOP)
flag Etapa del proceso
Decreto publicado
event Fecha relevante
15 de mayo de 2026

Qué se publicó

El 15 de mayo de 2026, el Diario Oficial (edición N° 44.450) publicó el extracto del Decreto MOP Exento N° 129, de 22 de abril de 2026, dictado por la Subsecretaría de Obras Públicas a través de su División de Expropiaciones. El decreto dispone la expropiación de los lotes de terreno N° 1 y N° 2 para la ejecución de la obra "PEAP Quintero - Interconexión Planta Desalinizadora Aconcagua con Sistema Litoral Norte", en la comuna de Puchuncaví, Provincia de Valparaíso, Región de Valparaíso.

La publicación de este extracto se efectúa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 7° del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 (Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones).

Lotes afectados e indemnización provisional

A continuación se detallan las superficies afectadas y las indemnizaciones provisionales fijadas por la Comisión de Peritos, pagaderas al contado:

Lote Decreto MOP Superficie (m²) Indemnización Provisional Publicación (CVE)
Lote N° 1 N° 129 (22-04-2026) 1.314,02 m² (L-1) / 1.050,45 m² (L-2) $518.961.835 CVE 2805752
Lote N° 2 N° 129 (22-04-2026) 1.314,02 m² (L-1) / 1.050,45 m² (L-2) $76.750.452 CVE 2805752

Nota sobre privacidad: Para asegurar la máxima confidencialidad de los afectados y cumplir con la legislación sobre protección de datos personales, esta ficha técnica no contiene los nombres de los propietarios ni los roles tributarios de avalúo específicos del predio. Toda esa información es de carácter público en el Diario Oficial.

Qué significa esta etapa

Con la publicación de este decreto, el proceso expropiatorio entra en una fase formal:

  • Discusión de valor: Los montos fijados son provisionales. Como propietarios, tienen derecho a impugnar judicialmente esta tasación ante un tribunal civil para exigir el pago comercial justo.
  • Consignación: El Estado consignará estos fondos en la cuenta corriente del Juzgado de Letras en lo Civil competente.
  • Notificación judicial y plazo fatal: Con la notificación legal de la consignación, se inicia el plazo fatal de 30 días corridos para reclamar judicialmente la indemnización.
  • Retiro de fondos: Puede retirar el monto consignado en cualquier momento sin perder el derecho a demandar por la diferencia.

Fuente oficial

Extracto publicado en el Diario Oficial, edición N° 44.450 del 15 de mayo de 2026 (CVE 2805752), Ministerio de Obras Públicas, Fiscalía, División de Expropiaciones.

¿Esta obra afecta su propiedad?

Revisamos su caso concreto sin costo: si está afectado, qué le corresponde y cuánto plazo le queda.

Información recopilada de fuentes públicas con fines informativos. No constituye asesoría legal ni confirma que su propiedad esté o no afectada.

Otros procesos en curso

No Acepte la Primera Oferta. Defienda su Patrimonio.

La primera consulta es gratuita. Analizaremos su caso y le explicaremos las opciones reales que tiene para aumentar la indemnización.

💬 Quiero mi Consulta Gratuita