Decreto publicado

Proyecto Línea 9 Metro de Santiago (San Joaquín)

El MOP y la Fiscalía publicaron en el Diario Oficial el Decreto Exento N° 342 (modificado por N° 389) para la expropiación del lote 34L9 en San Joaquín, destinado al Proyecto Línea 9 de Metro. Conozca montos e indemnización.

location_on Ubicación
San Joaquín, Metropolitana de Santiago
account_balance Organismo expropiante
Ministerio de Obras Públicas (MOP) / Metro S.A.
flag Etapa del proceso
Decreto publicado
event Fecha relevante
1 de julio de 2026

Qué se publicó

El 1 de julio de 2026, el Diario Oficial (edición N° 44.488) publicó el extracto del Decreto MOP Exento N° 342, de 28 de mayo de 2026 (modificado por el Decreto Exento N° 389 de 10 de junio de 2026), dictado por la Subsecretaría de Obras Públicas a través de su División de Expropiaciones. El decreto dispone la afectación del lote de terreno N° 34L9 para la obra "Proyecto Línea 9 Metro S.A.", en la comuna de San Joaquín, Provincia de Santiago, Región Metropolitana de Santiago.

La publicación de este extracto se efectúa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 7° del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 (Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones).

Detalles del lote afectado e indemnización

A continuación se presentan los detalles del lote expropiado en la comuna de San Joaquín para la futura infraestructura de la Línea 9 de Metro:

Lote Decreto MOP Indemnización Acordada Publicación (CVE)
Lote N° 34L9 N° 342 / 389 (28-05-2026) $344.787.877 CVE 2829287

Nota sobre privacidad: Para asegurar la máxima confidencialidad de los afectados y cumplir con la legislación sobre protección de datos personales, esta ficha técnica no contiene los nombres de los propietarios ni los roles tributarios de avalúo específicos del predio. Toda esa información es de carácter público en el Diario Oficial.

Qué significa esta etapa

Con la publicación de este decreto, el proceso expropiatorio para el desarrollo de la Línea 9 de Metro se formaliza legalmente:

  • Indemnización y convenios: En expropiaciones para infraestructura de transporte público urbano como Metro S.A., los propietarios tienen derecho a convenir o impugnar judicialmente el valor provisional fijado para asegurar que represente el valor comercial real del suelo urbano e infraestructura afectada.
  • Notificación y resguardo legal: Es importante asesorarse técnicamente para revisar títulos de dominio, gravámenes e inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago antes del retiro de fondos.

Fuente oficial

Extracto publicado en el Diario Oficial, edición N° 44.488 del 1 de julio de 2026 (CVE 2829287), Ministerio de Obras Públicas, Fiscalía, División de Expropiaciones.

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