Sistema de Agua Potable Rural Lonquén Sorrento (Isla de Maipo)
El MOP publicó el Decreto Exento N° 472 para la expropiación del Lote N° 1 en Isla de Maipo para el APR Lonquén Sorrento. Conozca la superficie y plazos legales.
- location_on Ubicación
- Isla de Maipo, Metropolitana de Santiago
- account_balance Organismo expropiante
- Ministerio de Obras Públicas (MOP)
- flag Etapa del proceso
- Decreto publicado
- event Fecha relevante
- 1 de agosto de 2026
Qué se publicó
El 1 de agosto de 2026, el Diario Oficial (edición N° 44.514) publicó el extracto del Decreto MOP Exento N° 472, de 30 de junio de 2026, dictado por la Subsecretaría de Obras Públicas a través de su División de Expropiaciones. El decreto dispone la expropiación del lote de terreno N° 1 para la ejecución de la obra "Sistema de Agua Potable Rural Lonquén Sorrento", en la comuna de Isla de Maipo, Provincia de Talagante, Región Metropolitana de Santiago.
La publicación oficial se realiza de acuerdo a las normas vigentes y en conformidad con el artículo 7° del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 (Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones).
Lote afectado e indemnización provisional
A continuación se detallan la superficie afectada y la indemnización provisional fijada por la Comisión de Peritos, pagadera al contado:
| Lote | Decreto MOP | Superficie (m²) | Indemnización Provisional | Publicación (CVE) |
|---|---|---|---|---|
| Lote N° 1 | N° 472 (30-06-2026) | 500,20 m² | $5.169.860 | CVE 2845132 |
Nota sobre privacidad: Para asegurar la máxima confidencialidad de los afectados y cumplir con la legislación sobre protección de datos personales, esta ficha técnica no contiene los nombres de los propietarios ni los roles tributarios de avalúo específicos del predio. Toda esa información es de carácter público en el Diario Oficial.
Qué significa esta etapa
Con la publicación de este decreto, el proceso expropiatorio entra en una fase formal:
- Discusión de valor: Los montos fijados son provisionales. Como propietarios, tienen derecho a impugnar judicialmente esta tasación ante un tribunal civil para exigir el pago comercial justo.
- Consignación: El Estado consignará estos fondos en la cuenta corriente del Juzgado de Letras en lo Civil de Talagante.
- Notificación judicial and plazo fatal: Con la notificación legal de la consignación, se inicia el plazo fatal de 30 días corridos para reclamar judicialmente la indemnización.
- Retiro de fondos: Puede retirar el monto consignado en cualquier momento sin perder el derecho a demandar por la diferencia.
Fuente oficial
Extracto publicado en el Diario Oficial, edición N° 44.514 del 1 de agosto de 2026 (CVE 2845132), Ministerio de Obras Públicas, Fiscalía, División de Expropiaciones.
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