Embalse Zapallar (El Carmen)
El MOP publicó en el Diario Oficial tres decretos de expropiación (N° 208, 209 y 274) que afectan a cuatro lotes de gran tamaño en la comuna de El Carmen para las obras del Embalse Zapallar. Revise superficies y montos provisionales.
- location_on Ubicación
- El Carmen, Ñuble
- account_balance Organismo expropiante
- Ministerio de Obras Públicas (MOP)
- flag Etapa del proceso
- Decreto publicado
- event Fecha relevante
- 15 de junio de 2026
Qué se publicó
En el Diario Oficial se han publicado los extractos de tres Decretos MOP Exentos dictados por la Subsecretaría de Obras Públicas a través de su División de Expropiaciones. Estos decretos disponen la expropiación de cuatro lotes de terreno para la ejecución de la obra hidráulica "Embalse Zapallar", en la comuna de El Carmen, Región de Ñuble:
- Decreto Exento N° 208 (de 6 de mayo de 2026), que afecta al lote 15 (CVE 2821385).
- Decreto Exento N° 209 (de 6 de mayo de 2026), que afecta al lote 14 (CVE 2821384).
- Decreto Exento N° 274 (de 18 de mayo de 2026), que afecta a los lotes 9-A y 9-D (CVE 2821372).
La publicación de estos extractos da cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 7° del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 (Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones).
Lotes afectados y montos provisionales
Los terrenos expropiados comprenden extensiones significativas destinadas a las obras del futuro embalse. A continuación se presentan los detalles técnicos de los lotes y sus respectivas ofertas provisionales fijadas por las Comisiones de Peritos, pagaderas al contado:
| Lote | Decreto MOP | Superficie (m²) | Indemnización Provisional | Publicación (CVE) |
|---|---|---|---|---|
| Lote N° 9-A | N° 274 (18-05-2026) | 27.865 m² | $96.757.000 | CVE 2821372 |
| Lote N° 9-D | N° 274 (18-05-2026) | 28.811 m² | $100.460.900 | CVE 2821372 |
| Lote N° 14 | N° 209 (06-05-2026) | 25.800 m² | $55.893.000 | CVE 2821384 |
| Lote N° 15 | N° 208 (06-05-2026) | 24.100 m² | $51.473.750 | CVE 2821385 |
Nota sobre privacidad: Para dar cumplimiento cabal a la legislación sobre protección de datos personales y resguardar la confidencialidad de los afectados, en esta ficha técnica se omiten los nombres de los propietarios (personas naturales como los hermanos Betancourt Urra y otros) y los roles de avalúo específicos. Dicha información es de carácter público y se encuentra disponible de forma íntegra en la publicación oficial.
Qué significa esta etapa
La publicación de estos decretos marca una etapa clave para los predios afectados por la inundación u obras civiles del embalse:
- Monto provisional: La indemnización propuesta por la Comisión de Peritos es provisional y suele calcularse con tablas genéricas que no siempre reflejan el valor comercial real del suelo ni el menoscabo a la actividad agrícola local. Los propietarios tienen derecho a entablar un reclamo judicial en tribunales civiles para exigir el pago justo del bien.
- Consignación: El MOP procederá a depositar estos fondos provisionales en el Juzgado Civil competente de la zona (Juzgado de Letras de Yungay).
- Plazo fatal: Una vez notificada la consignación judicial al afectado por parte del receptor, comenzará a regir el plazo fatal de 30 días corridos para demandar judicialmente una indemnización superior.
- Cobro provisional: El retiro de la suma depositada provisionalmente es un derecho y no limita ni extingue el derecho a reclamar judicialmente la diferencia.
Recomendaciones para los propietarios
- Verifique la afectación en sus terrenos: Le ayudamos gratuitamente a contrastar si sus predios corresponden a los lotes de este proyecto hidráulico.
- Evalúe la tasación: Los lotes afectados son de gran extensión (de 2,4 a 2,8 hectáreas). Las tasaciones provisionales del Fisco fijan un promedio de $3,4 millones por hectárea para los nuevos lotes 9-A y 9-D, valor que suele ser muy inferior al comercial real en predios agrícolas cultivables o con derechos de agua asociados.
- Preste atención a las obras hidráulicas colindantes: Las expropiaciones para embalses suelen causar menoscabos severos en los sectores remanentes de los campos (pérdida de accesos, alteración de regadíos, etc.) que deben ser adecuadamente cuantificados y reclamados.
Fuentes oficiales
Extractos publicados en el Diario Oficial, Ministerio de Obras Públicas, Fiscalía, División de Expropiaciones:
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Información recopilada de fuentes públicas con fines informativos. No constituye asesoría legal ni confirma que su propiedad esté o no afectada.