Decreto publicado

Sistema Agua Potable Rural Puerto Domínguez (Saavedra)

El MOP publicó en el Diario Oficial el Decreto N° 146 para la expropiación del Lote N° 2 en Saavedra para el APR Puerto Domínguez. Conozca la superficie y plazos legales.

location_on Ubicación
Saavedra, La Araucanía
account_balance Organismo expropiante
Ministerio de Obras Públicas (MOP)
flag Etapa del proceso
Decreto publicado
event Fecha relevante
15 de mayo de 2026

Qué se publicó

El 15 de mayo de 2026, el Diario Oficial (edición N° 44.450) publicó el extracto del Decreto MOP Exento N° 146, de 22 de abril de 2026, dictado por la Subsecretaría de Obras Públicas a través de su División de Expropiaciones. El decreto dispone la expropiación del lote de terreno N° 2 para la obra "Estudio de Diseño Instalación Sistema de Agua Potable Rural Puerto Domínguez", en la comuna de Saavedra, Región de La Araucanía.

La publicación de este extracto se efectúa de acuerdo a lo prescrito en el artículo 7° del Decreto Ley N° 2.186 de 1978 (Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones).

Lote afectado e indemnización provisional

A continuación se detallan la superficie afectada y la indemnización provisional fijada por la Comisión de Peritos, pagadera al contado:

Lote Decreto MOP Superficie (m²) Indemnización Provisional Publicación (CVE)
Lote N° 2 N° 146 (22-04-2026) 180 m² $2.365.900 CVE 2808374

Nota sobre privacidad: Para asegurar la máxima confidencialidad de los afectados y cumplir con la legislación sobre protección de datos personales, esta ficha técnica no contiene los nombres de los propietarios ni los roles tributarios de avalúo específicos del predio. Toda esa información es de carácter público en el Diario Oficial.

Qué significa esta etapa

Con la publicación de este decreto, el proceso expropiatorio entra en una fase formal:

  • Discusión de valor: Los montos fijados son provisionales. Como propietarios, tienen derecho a impugnar judicialmente esta tasación ante un tribunal civil para exigir el pago comercial justo.
  • Consignación: El Estado consignará estos fondos en la cuenta corriente del Juzgado de Letras de Carahue / Nueva Imperial.
  • Notificación judicial y plazo fatal: Con la notificación legal de la consignación, se inicia el plazo fatal de 30 días corridos para reclamar judicialmente la indemnización.
  • Retiro de fondos: Puede retirar el monto consignado en cualquier momento sin perder el derecho a demandar por la diferencia.

Fuente oficial

Extracto publicado en el Diario Oficial, edición N° 44.450 del 15 de mayo de 2026 (CVE 2808374), Ministerio de Obras Públicas, Fiscalía, División de Expropiaciones.

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