Condena en costas al Fisco: ¿cuánto cuesta reclamar?

El miedo a los gastos de abogados y peritos frena a muchos propietarios. Conozca cómo la ley obliga al Fisco a pagar sus costos si el juez eleva la tasación.

verified Por Equipo Expropiacion.cl

El temor número uno que frena a un propietario de defender su terreno ante el Estado es de índole financiera. Muchos razonan así: "Si el Fisco me ofrece una indemnización baja y yo demando para pedir el valor real, ¿cuánto voy a gastar en abogados, peritos y receptores? ¿Y si al final el gasto se come todo el aumento que consiga?". Es una duda razonable, pero la ley chilena contempla un mecanismo para evitar esta injusticia: la condena en costas al Fisco.

La regla de oro del DL 2.186

Para evitar que los propietarios se vean obligados a aceptar ofertas provisionales miserables por simple miedo al costo del juicio, la Ley de Expropiaciones establece una regla muy clara en su artículo 29: si la sentencia definitiva del tribunal civil fija una indemnización superior a la oferta provisional, el Fisco será condenado al pago de las costas del juicio.

Esto significa que si el juez le da la razón a usted —aunque sea aumentando el valor de la indemnización en un porcentaje menor—, el Estado tiene la obligación legal de reembolsarle los gastos en los que incurrió para defenderse.

¿Qué gastos cubre la condena en costas?

El reembolso se divide en dos categorías que aprueba el juez al finalizar el litigio:

  • Costas procesales: Son los gastos directos del trámite judicial. Incluye el valor de las notificaciones obligatorias realizadas por receptores judiciales, las copias autorizadas y cualquier otro arancel del tribunal.
  • Costas personales: Corresponden a los honorarios de los profesionales que participaron en su defensa, principalmente su abogado patrocinante y el perito tasador independiente que elaboró el informe clave para ganar el caso.
La condena en costas es el castigo financiero que la ley le impone al Estado por haber obligado al propietario a litigar para recibir lo que es justo.

Una barrera de entrada que se puede superar

Sabiendo que el Fisco deberá pagar las costas si se logra elevar el monto, los estudios de abogados especializados estructuran sus honorarios de manera que el propietario no deba realizar grandes desembolsos iniciales. Por lo general, se trabaja bajo la modalidad de cuota litis (honorarios a éxito), cobrando un porcentaje sobre el aumento real que se obtenga por sobre la oferta provisional.

El temor al costo del juicio no debe ser la razón para perder su patrimonio. Si recibió una notificación de consignación y quiere saber si su caso es viable para lograr un aumento y activar la condena en costas del Fisco, solicite su evaluación gratuita hoy mismo. Recuerde que el plazo de 30 días para demandar está corriendo.

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